¿CÓMO ERAN LOS FESTEJOS TAURINOS AL COMENZAR EL SIGLO XIX MEXICANO?

EFEMÉRIDES TAURINAS NOVOHISPANAS.

POR: JOSÉ FRANCISCO COELLO UGALDE.

    1801 fue recibido por los novohispanos en medio de apacible ambiente, aunque no sin ocultar cierta inquietud por los hechos que estaban ocurriendo en España, a raíz de que dicho imperio invadía Portugal el 16 de mayo. En tanto, de este lado del mundo, gobernaba el discutido quincuagésimo virrey don Félix Berenguer de Marquina, cuyo periodo abarcó del 30 de abril de 1800 al 4 de enero de 1803. Y lo calificamos de “discutido”, pues el bueno de don Félix era un antitaurino declarado, además de contar con otros arranques peculiares, tan atrevidos, que hasta quedaron plasmados en un famoso pasquín:

 Para perpetua memoria,

Nos dejó el virrey Marquina

Una fuente en que se orina,

Y aquí se acabó su historia.

    Obtuso que era el hombre, se negó a gastar más de lo permitido en su recepción, y en otras ocasiones más, aunque se mantiene la duda sobre si ocurrieron ciertas fiestas de toros, y más aún si las prohibió por medio de un famoso decreto. Sucede que en 1800, en ocasión del arribo del virrey Félix Berenguer de Marquina, se replanteó el tema a partir de que éste consideró pertinente cancelar las fiestas en su honor, debido a la complicada situación financiera que vivía España a causa de las constantes guerras. Ante tal proposición los regidores le recordaron que sus antecesores Pedro Castro y Figueroa y Miguel José de Azanza habían sido homenajeados con corridas de toros en 1740 y 1798, respectivamente, cuando la Corona española enfrentaba contiendas con Gran Bretaña. Tampoco se habían suspendido los festejos en 1794, a la llegada del virrey Miguel de la Grúa y Branciforte, no obstante la guerra contra Francia.

    Según los regidores, las corridas podían celebrarse aun en tiempos de guerra. Tal aprobación, por supuesto, procuraba reservar el derecho de estos funcionarios a la asignación, manejo y custodia de los fondos para la recreación. La conveniencia de las corridas y los beneficios económicos que producían para la ciudad resultaban incuestionables desde la perspectiva de los regidores. A las ganancias monetarias había que agregar los beneficios producidos por tales celebraciones, en las que cobraba un especial significado el inicio de un nuevo período gubernativo. El reino español y su colonia novohispana ratificaban su grandeza, su poderío político y económico en cada arribo de un virrey; la ocasión era propicia para fortalecer la cohesión interna y el orden social.

   La oposición del virrey Marquina contradecía otras prácticas fomentadas por sus antecesores. Las corridas de toros, bajo la égida de los regidores, podían convertirse en medios para obtener recursos para la urbanización de la capital del virreinato. Así lo pensó en 1743 el virrey Pedro Cebrián y Agustín, conde de Fuenclara, cuando le propuso al Ayuntamiento la celebración de una lidia anual cuyo producto se aplicaría a las obras públicas. De proceder semejante, el virrey Carlos Francisco de Croix, marqués de Croix, determinó en 1768, con el concurso del Ayuntamiento, la realización de una serie de corridas con el fin de recaudar fondos para el presidio de San Carlos. Los alcances económicos para ambos gobernantes resultaron totalmente opuestos; mientras en la gestión del virrey marqués de Croix las corridas produjeron 24, 324 pesos, destinados a labores de limpieza, el conde de Fuenclara enfrentó la negativa del Ayuntamiento para la realización de las lidias y la obtención de recursos aplicables en mejoras urbanas.[1]

    Las ganancias obtenidas en 1768 durante el gobierno del marqués de Croix parecen la mejor refutación a los comentarios adversos que Hipólito Villarroel formularía años más tarde.[2] Sin embargo, el éxito financiero taurino resultó impredecible: junto a las ganancias de 1768 se registraron ingresos menores, que fundamentaban las apreciaciones de Villarroel sobre el tiempo invertido y el escaso margen de beneficios. Ante evidencias tan contrastantes, la realización de corridas como parte de la presencia gubernativa en la administración de los espacios recreativos, ocupó la atención de cronistas, regidores, virreyes, consejeros y religiosos; se transitó desde las propuestas de cambio hasta las de fomento de un mayor número de corridas. La necesidad de una reforma era evidente; correspondía a la autoridad emprenderla buscando la conciliación de intereses y la preservación del orden social.[3]

   Sin afán alguno de contradecir a A de V-A, pero tampoco de quedarnos con la incógnita sobre la contundente afirmación al respecto del “decreto” que Marquina pudo haber firmado o no, están ese otro conjunto de razones ya planteadas por Vásquez Meléndez, a partir del expediente donde se le informó con acuciosidad al nuevo virrey de las otras circunstancias en que otros tantos virreyes pudieron aprobar sus recepciones estando España en momentos sociales, políticos y militares ciertamente difíciles. Félix Berenguer de Marquina, navegante reconocido, Jefe de Escuadra en la Marina Real para mayor abundamiento, es acusado de su poco sentido común no sólo en asuntos como el que se trata aquí. También en otros donde sus decisiones eran de vital importancia, pero donde solo salía a lucir un impertinente carácter obtuso y cerrado.

VIRREY MARQUINA

Félix Berenguer de Marquina.

    Es cierto, cuatro meses tenía de gobernar la Nueva España el señor Berenguer de Marquina, y ninguna señal era clara, conforme a la costumbre inveterada ya, de celebrar, entre otras razones, con fiestas de toros, la recepción del nuevo virrey. Este se rehusaba dando razones de todo tipo, con lo que entre pretexto y pretexto, se iba pronunciando más su antitaurinismo. Y es que esas razones las fundaba a su preclara idea de pensar que se sacrificaban gruesas sumas de su peculio, antes que permitirlas, afán, insisto de unos propósitos que buscaban reafirmar la posición austera en que ubicaba su gobierno.

   Tras las razones ya expuestas por varios funcionarios del ayuntamiento, quienes todavía manifestaron el “que se verifiquen las Corridas de Toros, con motivo del Recibimiento del Excelentísimo Señor Virrey Don Félix Berenguer de Marquina…, a razón de que para celebrarlas, se reintegrarían siete mil pesos “en que pudieron exceder los gastos de su recibimiento” mismo.

   Planteados, como ya se sabe los argumentos por parte de los funcionarios del Ayuntamiento sobre que en otras ocasiones, fueron recibidos entre fiestas algunos virreyes, no obstante las circunstancias bélicas enfrentadas por España, vinieron algunos más de esta índole:

 No siendo por lo mismo opuesta a las actuales circunstancias la Corrida de Toros que debe celebrarse, en obsequio de la venida de V.E., tampoco podrá pensarse ser contraria a la más buena moral. Ella es una diversión bien recibida, propia y adaptable al carácter de la Nación que la prefiere a otras muchas; se hace a la luz del día, en el Teatro más público, a la vista de la Superioridad y de todos los Magistrados, en el centro de la Ciudad, autorizada por la asistencia de todos los Tribunales Eclesiásticos y Seculares, y se toman cuantas precauciones y seguridades son necesarias y correspondientes al buen orden, a la mejor policía, a la quietud pública y a cuantos extremos puede y debe abrazar el más sano gobierno y las más acertadas providencias, sobre las que se vigila y cela con el mayor empeño, para combinar la diversión y el decoro.

   Ni menos puede temerse aumente las indigencias y necesidades del público, así porque los pobres, que son la parte que más las siente, son libres a dejar de disfrutarla por falta de proporción, o porque no les acomode; como porque, por el contrario, muchos de ellos logran la ventaja de tener en qué ocuparse, y en qué vencer los jornales que tal vez no ganarían no presentándoseles igual ocasión; causa principal porque es tan plausible y de aprecio el que cuando se padecen escaseces y necesidades, se proporcionen obras públicas en que la gente trabaje y gane algún sueldo con qué ocurrir a el socorro de sus miserias. La parte del vecindario que concurre a las funciones de Toros, es muy corta con respecto al todo de la población de esta Capital y lugares fuera de ella, de donde vienen muchas familias a lograr este desahogo, gastando gustosos el desembolso que puede inferirles, y disfrutándose con ello el que gire algún trozo de caudal que, a merced de igual diversión, se gasta y comercia, sin estarse estancado en los que sin ese motivo lo retendrían en su poder; de lo que es indudable, resulta beneficio al público, tan constante, que cuantos saben lo que es en México una Corrida de Toros, y aun la Superioridad ha conocido, que con ventajas del Común se halla un considerable comercio, sirviendo de arbitrio a muchos que con él buscan y utilizan en ese tiempo para la atención de sus obligaciones, resultando por lo mismo, que el gasto o desembolso que hacen los sujetos pudientes y de facultades, presenta a algunos la ocasión de logar las de que carecían.

   Por otra parte, es también muy digno de atención, el que estando mandado por S.M. y con particulares encargos el que se manifieste el regocijo en los recibimientos de los Excelentísimos Señores Virreyes, lo cual cede en honor y decoro del Soberano a quien representan, y sirve de que el pueblo, a quien por lo regular es necesario le entre por los ojos, con demostraciones públicas, el respecto y reconocimiento que es debido, forme concepto de la autoridad para que la venere; a que se agrega, que sobre que en la función de Toros se ostentan como en ninguna otra, el decoro y atención que se dedican al Jefe Superior del Reino, es también muy a propósito para que el público le conozca y sepa a quien debe respeta y obedecer (…) Sala Capitular de México, Septiembre 2 de 1800.[4]

    Estas son, entre muchas otras razones, las que expuso el pleno del Ayuntamiento, encabezado para esa ocasión por los siguientes señores: Antonio Méndez Prieto y Fernández, Ildefonso José Prieto de Bonilla, Ignacio de Iglesias Pablo, Antonio Rodríguez de Velasco, Juan Manuel Velázquez de la Cadena, León Ignacio Pico, Antonio Reinoso de Borja, El Marqués de Salinas y Francisco Sáez de Escobosa.

   Dichos señores, en respuesta a petición hecha por el propio Berenguer de Marquina al respecto del oficio fechado en 2 de septiembre,[5] les envía este otro, tres días después, donde

 Espero me avise a qué cantidad ascendieron los gastos de mi entrada en esta Capital, y que me remita V.S. copia de los Reales Cédulas que cita.[6]

 Y la respuesta que encontró de los comisionados fue que de los tres días del recibimiento, ocurridos el 30 de abril, 1º y 2º de mayo en su Real Palacio, se gastó la cantidad de $13,142.00 pesos… Así que, para la pretendida fiesta de recepción, incluida la lidia de toros, el tozudo Marquina les contestó a los graves señores lo siguiente:

 Sin embargo de que examinado y premeditado todo, me ocurría no poco que decir, si tratara por junto la materia, estimo preferible limitarme a manifestar que todo lo que se entiende por adorno de Palacio, o más propiamente hablando, de la habitación de los Virreyes, me fue preciso comprarlo o tomarlo en traspaso a mi antecesor, por el crecido precio que en la actualidad tienen todas las cosas (…);

 Además

 No creo que un Virrey deba procurar atraerse la voluntad y el conocimiento del público que ha de mandar, por fiestas, que, como la de Toros, originan efectivamente irreparables daños y perjuicios en lo moral y político, a pesar de cuantas reflexiones intenten minorarlos: y antes bien, me parece que producirá mayor veneración, amor y respeto a la alta dignidad que representa, el concepto que forman de sus desvelos, por el bien y felicidad común, y su conducta y proceder, integridad y pureza.[7]

    Como vamos viendo hasta ahora, las intenciones para convencer al señor Berenguer se estrellaban día con día con argumentos a favor y en contra. Pero el “Magnífico decreto” no aparece por ningún lado, a menos que todos los pronunciamientos del que fuera el quincuagésimo quinto virrey de la Nueva España vayan construyendo en sí mismos el revelamiento convertido en graciosa ocurrencia de nuestro autor.

   A todo lo anterior se agrega otra nueva razón con la que

 Me obligo a contestar a los diputados de esa N. Ciudad, cuando hicieron verbalmente en su nombre la expresada solicitud, que se difiere para cuando se hiciera la paz, y no encontrando motivos que justamente persuadan deberse variar esta determinación, me veo imposibilitado de poder complacer a V.S. accediendo a la instancia que repite en su mencionado oficio; pero, como al propio tiempo que deseo combinarlo todo, es mi ánimo y constante voluntad, no perjudicar en lo más mínimo a los vasallos del Rey Nuestro Señor ni a las rentas públicas del cargo de V.S., le remito 7,000 pesos para que con ellos se cubra el exceso de los gastos de mi entrada, sobre los 8,000 asignados, esperando que cuando V.S. haya liquidado la cuenta respectiva, me la pasará para completar lo que aun faltare, o para que se me devuelta el sobrante si hubiere.

   Cesando así la principal causa que precisaba a V.S. a reiterar y esforzar su instancia para el permiso de la Corrida de Toros, cesa por consecuencia el motivo de volver a tratar del asunto, que por ahora queda terminado con esta resolución.

   Dios, etc., 11 de septiembre de 1800.-A la Nobilísima Ciudad”.[8]

    Y por supuesto, como apunta el propio Rangel, es ocioso todo comentario que se haga a estos documentos. Su sola lectura retrata fielmente al antitaurómaco Señor Marquina. En otro asunto semejante, se encuentra su mismo comportamiento para no permitir unas corridas de toros, ocurridas en Jalapa, claro, siempre bajo difíciles estiras y aflojas.[9]

   Veamos el caso de Jalapa. Como primer punto, habrá que aclarar que fue el propio Cura párroco de Jalapa, Gregorio Fentanes quien pidió al virrey Marquina no permitiera las corridas en esa población, a pesar de la defensa que para tales festejos hiciera el abogado de aquel Ayuntamiento, Marcelo Álvarez.

 Como es de suponerse, el Virrey anti-taurómaco negó de plano que en lo sucesivo se verificaran tales fiestas sin permiso previo, no obstante que desde tiempo inmemorial se efectuaban sin ese requisito; pero se había propuesto suprimir la fiesta brava, y no importaba el pretexto que invocara a fin de lograrlo…[10]

    En el debate originado entre las tres autoridades, todavía tuvo arrestos el Ayuntamiento para plantear lo siguiente:

 Y para que ningún requisito se heche de menos, patrocinan la costumbre los de la licencia Superior de este Gobierno. Este virtualmente la tiene concedida (la autorización para las corridas de toros) en la aprobación del abasto de carnes de aquella Villa. El Señor Intendente de la Provincia, instruido de lo que se ejecuta, se decide por la continuación de un uso que no lastima, y sí consulta a la remoción de otros daños. Por todo lo cual, suplico a la prudente bondad de V. Exa., se digne mandar suspender los efectos de la Orden de diez y siete de febrero de este año (1801), concediendo su superior permiso para que en la primera venidera Pascua se lidien Toros en el modo y forma que van referidos; librándose al intento el despacho correspondiente.

   A V. Exa. suplico así lo mande, que es justicia: juro etc.-Don Felipe de Castro Palomino, (Rúbrica).-Marcelo Álvarez, (Rúbrica).

   Este ocurso tan bien razonado y un tanto irónico, pasó al Asesor General, quien dijo, que sin embargo de las reflexiones que contiene, la materia era de puro Gobierno y que la Licencia que solicitaba el Ayuntamiento de Jalapa, pendía únicamente del Virrey; que en atención al concepto que su Excelencia tenía formado de semejantes solicitudes y de los daños que por lo regular se originaban de ellas, resolviera lo que le pareciera. Y el decreto que siguió a esta consulta fue: “Habiendo respecto de Jalapa las mismas justas consideraciones que he tenido para denegar igual solicitud a esta Ciudad, no ha lugar a la instancia del Cabildo de dicha Villa.-México, Noviembre 25 de 1801. (Rúbrica del Virrey)”.[11]

    Hasta ahora, y antes de terminar con este pasaje, no hay evidencia alguna sobre lo que A de V-A afirma en una de sus tradiciones, leyendas y sucedidos del México virreinal. Sin embargo, con el propósito de apelar a la última instancia, me parece oportuno incorporar aquí lo que resultó ser una más de las minuciosas revisiones a los documentos custodiados por el Archivo General de la Nación.

   Y no sólo se dedicó a rondar por aquí y por allá, buscando qué corregir entre los males de la sociedad. También, se empeñó en prohibir, junto con el Santo Oficio lo que cierta ocasión tuvo oportunidad de apreciar, causándole incomodidad. Se trataba ni más ni menos que de una representación anónima de cierto baile que estaba tomando fuerza entre los del pueblo, y que denominaban el jarabe gatuno, que por cierto se bailaba maullando y remedando los movimientos del gato, y que por sus insinuaciones y provocaciones, le parecía bastante escandaloso, como también a los de la Inquisición, quienes llegaron a decir cosas como las que siguen:

 (…) que la gente disoluta para calmar el temor de los incautos y (para) disfrazar su diabólica intención de perder las almas redimidas por Jesucristo desfiguran o inventan de nuevo el baile y las coplas, prohibimos todo el que se le parezca y convenga, por palabras, acciones y meneos, en el objeto de provocar a lascivia, aunque se diferencie la canción, el nombre y la figura; y del mismo modo cualquiera copla de este género, a pesar de cualquier disfraz de que se valga la malicia para burlar nuestras providencias y evadir las penas impuestas en los edictos del Santo Oficio… Y mandamos que luego que este nuestro edicto llegue a vuestra noticia, o de él supiéredes de cualquiera manera, no bailéis dicho Jarabe gatuno, ni cantéis sus coplas, ni cualquiera otro y otras que se parezcan, y que traigáis y exhibáis ante Nos o ante nuestros comisarios las citadas coplas y traslados de ellas (17 y 23 de junio de 1801).

    En tanto, La Gaceta de México, daba a conocer diversas noticias, como uno de los pocos medios de difusión de la época, aunque no se olvidó de dar de vez en vez alguna de carácter taurino.

   Las plazas de toros que por entonces funcionaban eran las del Volador, la plazuela de los Pelos, Tarasquillo o la de Necatitlán. Desde finales del siglo XVIII funcionaba en otro sector de la ciudad, el barrio de San Pablo, una plaza que con el tiempo se convertiría en espacio importantísimo, al menos hasta 1864, último año del que se tiene registro. Nos referimos a la que conocemos como la Real Plaza de toros de San Pablo.

   Y entre las ganaderías, se contaba con las que siguen:

HACIENDA_DUEÑO_UBICACIÓN1

HACIENDA_DUEÑO_UBICACIÓN2

Fuente: Benjamín Flores Hernández: “Con la fiesta nacional. Por el siglo de las luces. Un acercamiento a lo que fueron y significaron las corridas de toros en la Nueva España del siglo XVIII», México, 1976 (tesis de licenciatura, Facultad de Filosofía y Letras, Universidad Nacional Autónoma de México). 339 p., p. 225-7.

   En el ambiente continuaba ese aire ilustrado que por fin encontró modo de coartar las diversiones taurinas, por lo menos de 1805 a 1809 cuando no se sabe de registro alguno de fiestas en la ciudad de México. Y es que fue aplicada la Novísima Recopilación, cédula que aparece en 1805 bajo el signo de la prohibición «absolutamente en todo el reino, sin excepción de la corte, las fiestas de toros y de novillos de (sic) muerte». En el fondo se pretendía

 Abolir unos espectáculos que, al paso que son poco favorables a la humanidad que caracteriza a los españoles, causan un perjuicio a la agricultura por el estorbo que ponen, a la ganadería vacuna y caballar, y el atraso de la industria por el lastimoso desperdicio de tiempo que ocasionaban en días que deben ocupar en sus labores.[12]

    Y bien, bajo todo este panorama, ¿qué era del toreo ya no tanto en el curso del siglo XVIII, tan ampliamente conocido; sino el que se desarrolla en el siglo XIX?

   El toreo va a mostrar una sucesión en la que los protagonistas principales que fueron los caballeros serán personajes secundarios en una diversión casi exclusiva al toreo de a pie, mismo que adquiría y asumía valores desordenados sí, pero legítimos. Es más,

 En una corrida de toros de la época, pues, tenía indiscutible cabida cualquier manera de enfrentarse el hombre con el bovino, a pie o a caballo, con tal de que significara empeño gracioso o gala de valentía. A nadie se le ocurría, entonces, pretender restar méritos a la labor del diestro si éste no se ceñía muy estrictamente a formas preestablecidas.[13]

 Hasta antes y durante el movimiento de independencia, pocos son los festejos celebrados en tiempos que ya son turbulentos. Pero la guerra dio paso al ocio y entre batalla y batalla, los más importantes caudillos encabezaban este o aquel espectáculo, siguiendo la lógica del Fiscal de la Real Hacienda quien, en noviembre de 1813 estaba de acuerdo con los espectáculos públicos, por la razón “política de llamar la atención del pueblo a objetos indiferentes, que ocurran en su consternación e impidan que su imaginación se corrompa”.

   Con la salida de los ejércitos invasores de España y la asunción al trono de Fernando VI en 1814 fue motivo para que una vez más se lidiaran toros, a pesar de que el virrey Félix Ma. Calleja no muy afecto a tales divertimentos los autorizó, encargando al cabildo del ayuntamiento la organización de los mismos. Dicha orden iba en sentido contrario a la costumbre del Ayuntamiento que se ocupaba de esto. Pero el hecho es que, al darse la orden era una forma de humillar a quienes habían apoyado las reformas liberales. Todos ellos, los criollos liberales, formaban el cuerpo oficial y representativo del corazón político de una Nueva España sumergida en la transición por la independencia. Aunque tal fue la pugna entre esto y aquel, que Calleja pronto decretó la desaparición del ayuntamiento electo, para reinstalar al anterior un grupo más nutrido de españoles, por lo que les evitó la carga molesta a que se enfrentaban.

   Lo anterior se convirtió en el soporte en que las corridas de toros y sus aderezos se desarrollaron durante el siglo XIX.

   A su vez, las fiestas en medio de ese desorden, lograron cautivar, trascender y permanecer en el gusto no sólo de un pueblo que se divertía; no sólo de los gobernantes y caudillos que hasta llegó a haber más de uno que se enfrentó a los toros. También el espíritu emancipador empujó a lograr una autenticidad taurómaca nacional. Y se ha escrito «desorden», como resultado de un feliz comportamiento social, que resquebrajaba el viejo orden. Desorden, que es sinónimo de anarquía, resultado de comportamientos muy significativos entre fines del siglo XVIII y buena parte del XIX.

   Finalmente, ¿qué toreros estaban actuando por aquéllas épocas?

   Un rotulón de la época nos aclara el asunto:

 «…Estando próximas las corridas de toros que en celebridad de la feliz restitución de nuestro amado Soberano, el señor don Fernando VII, al trono de sus mayores, han de ejecutarse en esta capital, y debiendo observarse en ellas por parte del público, todo lo que existen el buen orden, y constituye la inocente alegría y diversión, como corresponde al alto objeto en cuyo obsequio se celebran estas funciones, y a la idea que debe formarse de un pueblo ilustrado, he resuelto que se cumpla y ejecute lo siguiente:

1.-Luego que la tropa acabe de partir la plaza, no quedarán en ella por motivo alguno sino los toreros. En el caso de que algún aficionado quisiere ejecutar alguna suerte o habilidad,  pedirá permiso, y sólo estará dentro del circo, el tiempo necesario para lucir su destreza: por consecuencia, nadie bajará a la plaza hasta después de muerto el último toro, a excepción del tiempo que dure el embolado, si lo hubiere.

2.-Los capataces de cuadrillas de toreros, antes de salir a la plaza, se presentarán con su gente al señor alcalde del primer voto, para que éste vea por sí mismo si hay alguno ebrio, en cuyo caso no le permitirá torear y lo pondrá en arresto.

3.-En las vallas ni entre barreras, no quedará paisano ni militar alguno que no esté destinado expresamente a dicho paraje.

4.-No se arrojarán absolutamente a la plaza desde las lumbreras y tendidos, cáscaras de fruta ni otras cosas, que a más de ensuciar la plaza, pueden perjudicar a los toreros. Tampoco se escupirá ni echará nada de lo referido sobre las gradas, que pueda incomodar a los que se sienten en ellas.

5.-Los espectadores no abstendrán de proferir palabras indecentes ni contra determinada clase de personas, pues además de ser contra la moral, perjudican a la buena crianza.

6.-Estar libre y expedito el tránsito de las calles del puente de Palacio, Portaceli, Universidad y Palacio, no colocándose en ellas puesto alguno de frutas ni otro efecto cualquiera, ni sentándose gentes en las banquetas y puertas de todo este círculo, y evitándose que por su ámbito se formen corrillos y queden gentes paradas a ver las que suben y bajan a los tablados, de lo que cuidarán las respectivas centinelas.

7.-Será también del cargo de ellas y de las patrullas y rondas, destinadas a los mismos parajes, impedir las entradas de coches y caballos a las inmediaciones de la plaza, sin embargo de que se pondrán vigas en las bocacalles del puente de Palacio, San Bernardo, Portaceli, rejas de Balvanera y Universidad.

8.-Acabada la corrida de la tarde, se cerrarán inmediatamente las puertas de la Plaza, y a nadie se permitirá entrar ni permanecer en ella, a excepción de los cuidadores.

9.-De ningún modo se harán tablados y se formarán sombras en las azoteas de las casas del contorno de la Plaza, sin exceptuar la Universidad, Ni el Real Palacio, si consentirá que se agolpe gente en ellas, para evitar una desgracia. De lo cual se encargarán las patrullas y rondas, avisando al vecino de la casa donde se observe este abuso, a fin de que lo remedie, y de no hacerlo, se dará parte al Sr. Alcalde de primer voto, para que tome providencia.

10.-Renuevo las prevenciones de mi bando de 13 del corriente sobre prohibición de armas, y se abstendrá de llevarla de cualquier especie, todo aquel que por su clase o destino no deba portar las permitidas.

11.-Los que puedan llevar armas de las no vedadas y estén colocados cerca del callejón de entrebarreras, sean militares o paisanos, no usarán de ellas en modo alguno contra los toros que salten la valla, ni nadie los apaleará ni atormentará, pues es contra la diversión de los demás espectadores, y es de la incumbencia de los toreros hacer salir al animal del callejón.

12.-Para evitar los robos y las violencias durante la corrida, en los demás puntos de la población, rondará en este tiempo los alcaldes menores sus respectivos cuarteles, repartiéndose entre ellos la comisión por días, de manera que en cada una anden por lo menos ocho rondas en el término del espectáculo, sin perjuicio de las patrullas que se destinarán al mismo fin.

13.-El que faltare a cualquiera de los artículos indicados, quedará sujeto a la pena corporal o pecuniaria que se le impondrá en el acto, según las circunstancias de la persona y de la falta, aplicándose las segundas a beneficio de los fondos de la Cárcel Diputación, sin que valga fuero alguno, por ser materia de policía y buen gobierno.

14.-Para el pronto castigo de los infractores, en  lo  relativo  a lo anterior de la Plaza, habrá un juzgado en ella misma, compuesto de uno de los señores alcaldes de la Real Sala del Crimen, cuyo turno arreglará el señor gobernador de ella, un escribano y un ministro ejecutor de justicia: procediendo dicho señor magistrado a la imposición de penas en el acto, según la calificación que hiciere del delito.

15.-El sargento mayor de la plaza auxiliará con la fuerza armada al señor Juez, en los casos que lo necesite, y concurrirá por su parte a que los individuos militares observen el buen orden en los mismos términos que se previene para el paisanaje, impidiendo que ningún individuo militar salga a torear.

Y para que nadie pueda alegar ignorancia, mando que publicado por bando en este capital, se remita a las autoridades que corresponda. Dado en este Real Palacio de México, a 24 de enero de 1815. Félix María Calleja. Por mandato de S.E.».

   La cuadrilla que se encargó de la lidia de los toros fue la siguiente:

Capitán: Felipe Estrada.

Segundo espada: José Antonio Rea.

Banderilleros: José María Ríos, José María Montesillos, Guadalupe Granados y Vicente Soria. (Supernumerarios: José Manuel Girón, José Pichardo y Basilio Quijón).

Picadores: Javier Tenorio, Francisco Álvarez, Ramón Gandazo y José María Castillo.

    Como quedó dicho, fueron ocho las corridas celebradas:

 «AVISO.-Con el objeto de celebrar la feliz restitución al trono de Nto. católico monarca, el señor D. Fernando VII, han comenzado antes de ayer las ocho corridas de toros dispuestas por la Nobilísima Ciudad para los días 25, 26, 27, 28, 30 y 31 del corriente enero, y 1o. y 3 del próximo febrero». (Diario de México, No. 27, tomo V, del viernes 27 de enero de 1815).

    ¿Y la clase de suertes que se practicaban, cuáles eran las más populares?

 EL JARABE: BAILE POPULAR MEXICANO

Por GABRIEL SALDIVAR

del Ateneo Musical Mexicano

    Llegando al XIX aparece un Jarabe que se ha hecho famoso, el Jarabe Gatuno, por haber sido objeto de prohibición de parte de las autoridades civiles, religiosas e inquisitoriales, en edictos firmados por el virrey, el arzobispo y los inquisidores mayores, respectivamente. Por la descripción que de sus movimientos y evoluciones hacen los expresados documentos, se piensa inmediatamente en las danzas de origen africano, y no sería remoto, si algún día aparece su música, que se descubra alguna influencia negra, ya que este elemento fue de gran importancia social en la época que nos ocupa.

   Por 1813, era el Jarabe una de las canciones guerreras de los insurgentes; y después transcurre un silencio hasta el año de 1839, sin que en la literatura nacional, encontrara en mis investigaciones, cita alguna de este canto vernáculo; es en este año cuando la Calderón de la Barca, acompaña a sus cartas las melodías del Jarabe Palomo, El Aforrado, Los Enanos y menciona El Canelo, El Zapatero y alguno más que no recuerda nuestra memoria, publicados en Nueva York en 1843; con la circunstancia de que ya entonces se bailaban en las canoas del Paseo de Santa Anita, el célebre paseo de tiempos remotos; y vuelven a mencionarse por Zamacois en sus versos «Un Baile Leperocrático», publicados en el «Calendario Impolítico para 1853», que reprodujo en «El Jarabe» (1861) y anónimo en el artículo «La China» de «Los mexicanos pintados por sí mismos», resaltado en el «Calendario Universal para el año de 1858»; en la Opera Cómica de Barilli estrenada en 1859, y en «El Libro de mis Recuerdos», de García Cubas que, aunque publicado en 1904, se refiere a la segunda mitad del siglo XIX, aludiéndose en todos ellos a los cantos que acompañaban al baile.

   Durante el Imperio de Maximiliano, se le da importancia a la canción mexicana del pueblo, y fue entonces cuando se hicieron muchos arreglos de los aires populares, lo cual viene a repercutir al fin del siglo con la impresión cuidadosa en cuanto a las melodías, esto es, sin modificaciones esenciales aunque sin mucha justeza en la armonización, ya por que no se tomara en cuenta la producida por los músicos del pueblo, de una riqueza contrapuntística intuitiva, pero que los investigadores que hasta ahora hemos tenido, están todavía muy lejos de estudiar concienzudamente, sin que esto quiera decir que no los haya, muy capaces, pero el caso es que si han efectuado trabajos de esa naturaleza, no los han dado a conocer debidamente; pues sólo tengo noticia del que a fines del siglo pasado, en 1897, diera a la estampa el Lic. Juan N. Cordero, aunque trata someramente el Jarabe; obra muy poco conocida de nuestros músicos y tengo a satisfacción haber sido el primero que consultara el ejemplar que existe en la Biblioteca del Conservatorio, ya que sus pliegos estaban aún cerrados, probablemente desde hacía cuarenta años.

   Entre los primeros jarabes impresos, anoto los «jarabes Mexicanos» para guitarra, de la imprenta de Murguía y Cía., incluidos en las ilustraciones; los arreglos de Julio Ituarte, medio siglo después de las Variaciones sobre el tema del jarave (sic) Mexicano de José Antonio Gómez, y la Colección de 30 jarabes y sones dispuesta por Miguel Ríos Toledano, como las más importantes que hasta la fecha hayan salido de las prensas nacionales. Después, por 1905, Castro Padilla hace la selección de los nueve aires del Jarabe Oficial, y Felipa López, maestra tapatía de baile, la de los pasos del mismo, procediendo ambos sin apegarse a la tradición, y lo que es más, haciendo a un lado el buen gusto; a lo cual sin hacer ninguna alusión, responde José de J. Martínez con su Verdadero Jarabe Tapatío, publicado en 1913 por Enrique Munguía, obra integrada por varios sones populares de Jalisco y formada según es tradicional en aquella región.


NOTAS IMPORTANTES:

Las notas aquí incluidas provienen del trabajo –inédito- de José Francisco Coello Ugalde: APORTACIONES HISTÓRICO TAURINAS MEXICANAS Nº 62. “ARTEMIO DE VALLE-ARIZPE Y LOS TOROS”. 598 p. Ils., retrs., fots., grabs., facs.

Por lo tanto, me reservo el derecho de incluir las notas a pie de página, debido a la presencia de ciertos personajes que pretenden hacer suyo estos materiales, con sólo dar «clic» a sus empeños y y teclear «Supr» o «Delete» para quitar el nombre del autor original, atribuyéndose de esa forma textos que no les pertenecen.

Deja un comentario

Archivado bajo EFEMÉRIDES TAURINAS NOVOHISPANAS

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Imagen de Twitter

Estás comentando usando tu cuenta de Twitter. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s