EFEMÉRIDES TAURINAS DECIMONÓNICAS.
POR: JOSÉ FRANCISCO COELLO UGALDE
Entre los nuevos hallazgos periodísticos, he encontrado varias notas que adquirieron dimensiones de repercusión, tan luego se celebraron en la ciudad de México, los fastos por la coronación en la jura del Sr. Agustín de Iturbide. Se puede apreciar que, independientemente del personaje y su investidura, la autoridad llevó a cabo todo el procedimiento que la costumbre. Es decir, que en términos administrativos se formó un amplio expediente denominado “Cuenta de los gastos” donde en forma detallada se desplegaron todos aquellos componentes que dieron forma a la celebración misma, y donde los festejos taurinos no fueron la excepción. Se puede apreciar que tales fiestas generó un gasto total de $74,000.00, de cuyo suma –hasta finales de abril-, se habían devengado $27,000.00 producidos por la plaza de toros (siendo el descubierto de $46,000.00), quedando por cubrir $10 y 16,000.00 pesos respectivamente que prestaron los particulares.
En el fondo, se observa la profunda preocupación que el Ayuntamiento mostraba ante semejante descuadre, pues de ello le iba la vida en el sentido de que quedaban inválidas, por el momento, todas aquellas cantidades –a favor-, con las que la población se halla expuesta al más inminente peligro, y con esa garantía procurar hacer frente a diversos conflictos.
Fue común por aquellas épocas, y gracias al beneficio público que derivaba de la organización de muchos espectáculos convocados por el Ayuntamiento a atender La limpia de los ríos de cuyos detalles nos enteraremos más adelante, y que indican el estado de abandono por el que entonces se encontraba la que era una amenaza latente de inundación y anegamiento, aspecto del que no era ajeno la ciuda de México desde muchos años atrás. También se aplicaban esos dineros en la limpieza de “atargeas”, “acequias”, y desde luego el panorama empeoraba si se daban conocer circunstancias como las aquí descritas:
A todas estas necesidades se agrega la de empedrados, banquetas, alumbrado y demás que presentan el cuadro más desagradable; el insoportable gasto de sesenta mil pesos anuales en los Hospitales, y cerca de diez y ocho mil en la cárcel, de cuyas atenciones, no se puede prescindir, y todas son del momento, a no ser que a los locos se echen a la calle, los enfermos lazarinos y antoninos se mezclen con nosotros, el miserable pueblo no se cure en sus enfermedades, y que los presos se mueran de hambre en las cárceles. De público y notorio se sabe que, de mucho tiempo atrás los fondos de la ciudad están exhaustos por los repetidos gastos que ha tenido; hoy no se pagan réditos ni deudas sagradas; no pueden cumplirse las atenciones de policía; esto lo ve el pueblo, lo resiente, murmura, maldice, y toda la execración recae en los regidores, a quienes se acusa de omisos, indolentes, e ineptos: se insultan, y con razón, se avergüenzan de presentarse al público; pues no falta quien diga, que los padres de la patria, se han convertido en sus mayores verdugos.
Algunos pensamientos o propósitos iban más allá, pues no faltó quien pretendiera cerrar espacios donde se fomenta el lujo, con el fin de economizar gastos que pudiesen resultar inapropiados para una ciudad que necesitaba urgentemente de la obra pública. México recién declarado estado-nación remontaba el vuelo en medio de la crisis económica en un país recién formado que enfrentó una guerra, la de Independencia, y sus arcas no estaban en condición deseable. Por tanto, cualquier beneficio económico que se produjera en favor del estado, al menos en este caso, quedaba sujeto a una aplicación frontal en las más urgentes necesidades. Desde luego que no faltó la crítica ante lo desmedido que pudieron ser, por entonces las corridas de toros, pues demandaban un gasto, mismo que no podía enfrentar buena parte de la población. Las ideas ilustradas permean en varias de las opiniones que pudieron venir por parte de los integrantes del Excmo. Ayuntamiento, lo que significa de que al margen de haber conmemorado un acontecimiento de la dimensión de una Jura del que luego fue fallido primer imperio mexicano.
Puede conocerse que, para esos momentos, el asentista o empresario era el señor José María Landa, y de que la plaza en que ocurrieron los festejos no es otra que la denominada como “Nacional de Toros”, cuyo sitio es que hoy ocuparía el espacio donde se encuentra la monumental asta bandera en la plaza de la Constitución. Y que aun habiendo estado en pie la plaza de San Pablo, de esta no se hubiesen obtenido tantos beneficios como se produjeron en la “Nacional”, por lo que, para poder cubrir los gastos pendientes se tenía previsto desmantelar esta para recuperar, a través de la venta de la madera las que ya eran para esos momentos, inminentes pérdidas.
Pues bien, pasemos a la primera lectura:
GACETA DEL GOBIERNO SUPREMO DE MÉXICO, D.F., del 26.04.1823, p. 1:
CORRIDAS DE TOROS EXTRAORDINARIOS.
El Supremo poder Ejecutivo, ha dispuesto la publicación de los documentos siguientes:
1º Representación que el Excmo. Ayuntamiento de esta corte hizo a la Excma. Diputación Provincial, al remitir el expediente formado sobre gastos ocasionados en la jura del Sr. Iturbide, ocurrida el 24 de enero de 1823.
Cumpliendo este Ayuntamiento con lo que V. E. pide en oficio de 3 del corriente, acompaña el expediente que se formó para la jura del Sr. D. Agustín Iturbide; como igualmente los acuerdos de las respectivas cuentas de los gastos que se erogaron en la solemnidad y demás conducente a la materia. Por todo ello verá V.E., que el gasto total ascendió a setenta y cuatro mil pesos, de cuya suma solo se ha podido devengar la de veinte y siete mil, que produjo la plaza de toros, siendo el descubierto de cuarenta y seis mil ps., y de esta partida, se está debido a los particulares que prestaron diez y seis mil doce pesos, y el resto ha sido el gasto que sufrieron los fondos del común.
Ambas deudas son de la mayor consideración, ya por lo respectivo a los préstamos, quienes con sobrada justicia quieren se les cumpla lo prometido, en lo que interesa el honor de este Ayuntamiento, tan desconceptuado por desgracia de mucho tiempo atrás; ya por el descubierto de las cajas de la Ciudad, las que por lo mismo no pueden llenar sus deberes en los diversos ramos que hoy llaman imperiosamente su atención, y de no hacerlo, la población se halla expuesta al más inminente peligro, como se convence por las razones siguientes:
La limpia de los ríos que circulaban a la ciudad, deben limpiarse anualmente para impedir la inundación que de otro modo sería inevitable; mas como en los años anteriores no se pudo verificar con la exactitud correspondiente, ha llegado el caso de que los que antes eran ríos, hoy se ven convertidos en zanjas tan estrechas y ensolvadas, que es imposible puedan encerrar todo el caudal de agua que a ellas viene, y lo será mucho más, el que debe haber en este año para el que se pronostican aguas abundantes y muy tempranas, como ya lo estamos palpando. El conducto desde la Magdalena, hasta la calzada de ntra. Sra. de Guadalupe, está tan perfectamente ensolvado, que por el ojo del puente, no puede pasar una naranja: ¿y podrá pasar toda el agua que allí se reúne, y forma una columna inmensa? El ayuntamiento en virtud de los conocimientos que tiene, y la exposición que se le ha hecho, de resultas de la última vista de ojos que practicó la comisión en 8 del próximo pasado marzo, hace presente a V. E., y lo hará oportunamente al público, que si los ríos y demás acueductos no se limpian prontamente y como corresponde, la ciudad y mucha parte de sus inmediaciones va a padecer la más terrible inundación, la que tendrá que sufrir irremisiblemente, así por su naturaleza y causas, como porque los fondos del común no tienen de donde sacar el mucho dinero que importará precisamente el desagüe.
En cuanto a la limpia de atargeas parece inútil recomendar la necesidad: cualquiera que haya andado las calles de México, se habrá convencido de que no pueden verse en peor estado, y todos convendrán en que el ensolve de ellas, no solo es otro nuevo motivo para la inundación que se pronostica, sino que los mismas del material corrompido que depositan, amenazan una epidemia destructora, si no es que la escarlatina que tanto ha afligido al vecindario más ha de un año, tiene su origen de este principio. Este urgentísimo ramo de atargeas, está íntimamente unido con el de las azequias principales, con las que se comunican, de manera, que nada se conseguiría limpiando las atargeas, y no las azequias; por que en tal caso el nivel de estas queda más alto que el de aquellas, y por consecuencia precisa, resulta, que las aguas de dentro de la ciudad, no solo quedan estancadas y sin salida, sino que la de las azequias entra a las atargeas: esto hace inevitable la limpia simultánea de azequias, atargeas y ríos, y todo con la mayor prontitud por lo avanzado de la estación: y para que el ayuntamiento no se le acuse de omiso, debe hacer presente, que para estos y otros gastos igualmente urgentes, contaba con lo producido de las corridas de toros, que debieron verificarse en la pascua, y después confiado en la licencia que se le ofreció oportunamente, y se estorvó por las ocurrencias posteriores.
A todas estas necesidades se agrega la de empedrados, banquetas, alumbrado y demás que presentan el cuadro más desagradable; el insoportable gasto de sesenta mil pesos anuales en los Hospitales, y cerca de diez y ocho mil en la cárcel, de cuyas atenciones, no se puede prescindir, y todas son del momento, a no ser que a los locos se echen a la calle, los enfermos lazarinos y antoninos se mezclen con nosotros, el miserable pueblo no se cure en sus enfermedades, y que los presos se mueran de hambre en las cárceles. De público y notorio se sabe que, de mucho tiempo atrás los fondos de la ciudad están exhaustos por los repetidos gastos que ha tenido; hoy no se pagan réditos ni deudas sagradas; no pueden cumplirse las atenciones de policía; esto lo ve el pueblo, lo resiente, murmura, maldice, y toda la execración recae en los regidores, a quienes se acusa de omisos, indolentes, e ineptos: se insultan, y con razón, se avergüenzan de presentarse al público; pues no falta quien diga, que los padres de la patria, se han convertido en sus mayores verdugos.
Querer que las urgentes necesidades del día, se socorran con los caudales de la ciudad, es pensar en lo excusado. No pagar las deudas contraídas últimamente, es el acto de injusticia más odioso, y que acabará de destruir la opinión, no dejando confianza para que los vecinos auxilien en lo sucesivo: dejar que las cosas sigan su curso natural, es destruir la ciudad, envolviéndola en ruinas irreparables. Luego es de absoluta necesidad ocurrir a tamaños males con el arbitrio que se proporcione. El Ayuntamiento no encuentra otro, que el de las corridas de toros en la plaza que formó para la jura: cualquiera consideración que resista este proyecto, debe cesar al imperio de la necesidad, siempre que el impedimento no sea esencial y de trascendencia.
Acaso se pulsará el inconveniente de que la ubicación de la plaza, provoca a la diversión con perjuicio del pueblo; pero como a este no se le obliga con una fuerza coactiva, ni la exacción lleva otro objeto, que su propio bien, la ocasión que se le ofrece, es tan laudable, como necesaria: de lo contrario, sería preciso cerrar las casas donde se fomenta el lujo, las tiendas, el parian, el teatro, y todo cuanto provoca a gastos necesarios, porque la razón es tan general y adecuada, que no se encuentra motivo para aplicarla a un caso excluyendo los demás; y como por otra parte, lo que se desea es, que el pueblo contribuya voluntariamente y sin advertirlo, resulta que lejos de ser óbice la ocasión próxima que se quiere remover, estamos en el caso de buscar por los medios lícitos. Si al pueblo se le brindara con una diversión a que no puede resistir su inclinación, para que el producido de ella se gastara inútilmente, o si los fondos de la ciudad pudieran soportar las urgentes atenciones del momento, sería la mayor iniquidad obligarlo a un sacrificio; pero cuando los fondos comunes no tienen un real, y es para el bien del vecindario, a quien amenazan gravísimos males, ¿será mejor economizarle al pueblo gastos voluntarios, y que por lo regular los hace el que puede, dejándolo abandonado en su miseria y males sin tamaño, o convidarlo a una contribución que lo librará de los peligros que lo amenazan? Cuando el pueblo vea inundadas sus calles, apestadas sus casas, destruidas las fincas, y perjudicados sus intereses, ¿agradecerá la consideración que se le tiene en que no gaste voluntariamente en la diversión de toros? El Ayuntamiento cree, que el pueblo preferiría gustoso una tan suave contribución, y si se le pidiera voto, no dudaría el vecindario resolverse a favorecer la insinuada exacción.
Sólo tiene en contra esta exposición el argumento de que en la plaza de S. Pablo, puede conseguirse igual objeto; pero, o es cierta la exposición, o no: si lo primero, el mismo gasto se le ocasiona al público, sin otra variación, que la del lugar, que tal vez hace más costosa la diversión por la distancia; si lo segundo, nada se adelanta, y volvemos a los anteriores principios. A más de que, aun cuando en la plaza antigua se alcanzara el fin que se desea, esto no puede verificarse sino después de mucho tiempo, y las urgencias no son para entonces, sino para el momento: aquella plaza producirá en la semana cantidades muy mezquinas, y los gastos en las principales atenciones de la limpia, deben ascender a mil o más pesos semanarios, ya por la naturaleza de la obra, como porque es preciso suplir con el número de trabajadores lo que falta de tiempo antes de que la estación se avance, porque de lo contrario, se gastará el dinero sin conseguirse el fin.
Aun hay todavía otro estorbo más poderoso para que las corridas no sean en la plaza antigua; y es, que aun está vigente la contrata de D. José María Landa en este ramo. O se le ha de suspender a Landa su contrata, o el Ayuntamiento le paga a este el arrendamiento de su plaza; uno y otro ofrece los mayores inconvenientes.
Aun allanados estos, queda otro de una gravedad, cual es el costo que importa quitar la plaza del Ayuntamiento, y componer el terreno que queda, el que es preciso empedrar, descombrar, y quitar la mucha piedra y tierra que está echada a los costados, y la demás que se ha de quitar de aquel sitio, y ésta obra no baja de costo de ocho mil pesos enteramente perdidos. ¿De dónde coge la ciudad esta suma, cuando no tiene un real? Aunque la comisión de toros dice, que se debe contar con el valor de la madera existente, este es para pagar parte de los diez y ocho mil ps. que se están debiendo en solo la cuenta de la plaza, según aparece del respectivo cuaderno: los acreedores pedirían, y con razón, la madera para cubrir sus créditos, y no se les podía negar por motivo alguno. Aún concediendo que la plaza antigua pudiera producir lo necesario para los urgentes gastos, sería después de dos meses: es decir, cuando ya las aguas están en su fuerza y ni se puede verificar la limpia, ni entonces es útil.
Con que resulta, que si las corridas de toros son en la plaza de S. Pablo, sobre no dar esta el producido necesario, ni el tiempo oportuno, se aumentan los gastos notablemente sin haber de donde costearlos.
Se ha expuesto repetidas ocasiones la escasez del fondo común, y no parecerá exageración si se considera que para los gastos anteriores extraordinarios de la jura y demás, se pidieron adelantados los arrendamientos de las fincas, y ahora hacen falta en los objetos de sus asignaciones: que hay existente mucho papel moneda, que V.E. no permitió se vendiera con quebranto, cuando se le pidió la correspondiente licencia; de tal escasez provienen los trabajos para pagar las memorias, y las angustias del Ayuntamiento, quien nada puede hacer, porque para todo se necesita dinero, que no hay.
En tales circunstancias y no teniendo el ayuntamiento otros recursos, ha propuesto el arbitrio de diez y seis corridas de toros en los términos que expresa la comisión, como único medio de salvar a la ciudad de los males que le amenaza, y pagar las deudas últimamente contraídas; si no se adoptase, el Ayuntamiento verá con dolor verificados sus recelos; pero le quedará el consuelo de no haber omitido los recursos que están a su alcance apurándolos cuanto le ha sido posible; y pues no tiene otros, solo le falta hacer presente a V.E. que se ha difundido en esta exposición, por tocar todos los puntos que convencen la necesidad, justicia y utilidad, para que si la solicitud no fuere concedida, se entienda que el Ayuntamiento se exime desde ahora de toda responsabilidad: y si el pueblo declamare imputándole culpa a esta corporación, ella hará el manifiesto correspondiente de su conducta, los pasos que dio, las razones que alegó, y el resultado y causa de sus peticiones.
Mas como el Ayuntamiento está persuadido que V.E. posee iguales filantrópicos sentimientos y se desvela por la felicidad del común a que corresponde, desde luego se lisonjea que V.E. por su parte contribuir al feliz éxito de la solicitud, y concluye recomendando el pronto despacho de este punto, porque un solo día hace falta para las operaciones de limpia, y cualesquiera atraso, por pequeño que sea, causa perjuicios irreparables.
Dios guarde a V.E. muchos años. Sala capitular del Ayuntamiento constitucional de México 12 de abril de 1823. Domingo Ortiz, Francisco Arteaga, Lic. Felipe Sierra, Cosme del Río, Francisco de Córdova, Francisco Morales, Lic. José Ignacio Alva, José Antonio de Zúñiga.-Excma. Diputación provincial.

Iturbide quizá nunca imaginó que luego de esta entrada triunfal a la ciudad de México en 1821, sus afanes, pretensiones y ambiciones durarían cualquier cosa… Imagen recogida en: http://www.mexicomaxico.org/zocalo/zocalo.htm
Poco le duró el gusto a Iturbide, pues de aquella fastuosa celebración del 24 de enero de 1823, y con el “Plan de Casa Mata” que impulsó Antonio López de Santa Ana, su contenido sirvió para dar forma a una integración entre borbonistas y republicanos que, “todos a una” se movilizaron para que Iturbide abdicara en marzo de 1823. Por tanto, ante la expresión del Excmo. Ayuntamiento en cuanto a “la jura del sr. Iturbide, como Emperador que era…”, no sólo está latente el desánimo que tal condición política ya estaba produciendo en el país, sino que el Ayuntamiento mismo seguía cargando con las deudas originadas por aquella estruendosa Jura. Por tanto, y no habiendo otro recurso inmediato, fue el mismo Ayuntamiento quien terminó solicitando “se le concedan 16 corridas de toros en la plaza que sirvió para los de la jura precisamente, supuesto que no tiene ni encuentra otro arbitrio…” Ante lo desmedido del caso, fue al propio interior del Ayuntamiento de donde se lanzó la convocatoria, haciendo ver como lícitas las funciones taurinas en momentos complicados como los que se nos permite conocer a través de la lectura del que fue 2° informe de la comisión… Veamos.
GACETA DEL GOBIERNO SUPREMO DE MÉXICO, D.F., T. I., Nº 57 del martes 29 de abril de 1823.
Concluye el artículo sobre toros extraordinarios, publicado en el número anterior.
2º Informe de la comisión primera de la Excma. Diputación Provincial, al cual suscribió esta corporación, elevándola al Supremo Poder Ejecutivo con la consulta correspondiente.
Excmo. Sr- La comisión primera, ha visto el expediente instruido por el Excmo. Ayuntamiento de esta capital, sobre la jura del sr. Iturbide, como Emperador que era; y sobre las obras que proyectó, y gastos que hizo de acuerdo solo con el Excmo. Sr. jefe político, que entonces era, y de orden del mismo sr. Iturbide, sin contar con esta diputación, sino para avisarla de estar todo determinado, y dispuesto de modo, que habiéndose seguido de este procedimiento precipitado e ilegal, los males que hoy palpamos, no nos queda otro arbitrio que sentirlos, sin poderlos remediar.
Habiendo V.E. prevenido al mismo Ayuntamiento, que informase sobre dichas obras y sus gastos, para venir en conocimiento de los que se hicieron, de lo que produjo la plaza de toros, y de lo que falta para cubrir aquellos, con el objeto de evacuar esta diputación el que le ha pedido el gobierno, lo ha verificado, exponiendo que la faltan aun para cubrir dichos gastos la considerable suma de 47 mil pes., de los cuales se deben a los prestamistas 16,012 ps. y el resto a los fondos públicos; no pudiendo por eso llenar hoy los grandes objetos de su instituto, con gravísimo perjuicio del público, y con irreparable daño de la municipalidad.
Insiste por eso, en que se le concedan 16 corridas de toros en la plaza que sirvió para los de la jura precisamente, supuesto que no tiene ni encuentra otro arbitrio, de donde puedan salir las indispensables sumas que necesita urgentísimamente para los importantes fines de su establecimiento, y primeras atenciones; y haciéndose cargo de las dificultades, y embarazos que podrían objetársele, procura desvanecerlas, y allanarlas: y concluye con decir: que no responde de los males que se seguirán indefectiblemente, si no se adopta por ahora este arbitrio.
La comisión no halla otro, que proponer a V.E., ni la premura del tiempo, y de las circunstancias dan lugar, para meditar, y adaptar otras providencias; y por lo mismo opina, que V.E. para evacuar su informe, reproduzca el del mismo Ayuntamiento, pues aunque parece hoy impropia e importuna la diversión pública de toros, nunca está por demás proporcionarle al público algunas, dejándole en libertad para que las disfrute o no, según quiera, y pueda: para cuyo efecto está autorizado el gobierno, según las leyes comunes, y conforme al decreto de las cortes de España, de 8 de noviembre de 1820, sobre que se proporcionen lícitos, y honestos pasatiempos a los habitantes de ciudades populosas; mayormente si de ellas puede resultar el beneficio de que se hagan, y verifiquen otras obras públicas de absoluta necesidad, utilidad, y provecho al mismo vecindario. Así podrá V.E. servirse determinar, si no tuviere a bien, remitiendo al gobierno con el informe referido, los autos de la materia, a fin de que teniendo presentes las actas en el estado informe que tienen, se sirva resolver por ahora, sobre la concesión, o denegación del citado arbitrio, sin perjuicio de que a su tiempo se glocen, revisen, y aprueben o reprueben aquellas, según aparezca de los respectivos comprobantes, que aún no corren agregados en su totalidad. México 17 de abril de 1823. –Lic. Guerra- Es copia, fecha ut supra – Franciaco Maniau y Torquemada, secretario substituto.
Y en efecto, se produjo la elaboración del
Decreto del Supremo Poder Ejecutivo, al determinar este asunto.
Excmo. Sr – Dada cuenta sl Supremo Poder Ejecutivo, con el expediente instruido de orden del gobierno, sobre las razones expuestas por V.E., en representación de 8 de marzo último, en punto a la necesidad de cubrir las obligaciones que contrajo para llenar los gastos de la jura del sr. Iturbide, pidiendo se le concediese permiso para hacer diez y seis corridas de toros, en la plaza levantada con aquel objeto, ha tenido a bien S.A. resolver, se publique en la gaceta el informe que esa municipalidad pasó a la diputación provincial con esta determinación, y se le diga haber accedido a sus deseos, solo estrechado por las necesidades urgentísimas a que hay que atender, y por la absoluta falta de otros recursos; en concepto de que debiendo tener V.E. por objetos preferentes la limpia de ríos, sanjas y atargeas, y la remoción de la plaza de toros del lugar que ocupa, con los productos de las mismas corridas, deberá también presentar la cuenta formal de ellos, procediendo inmediatamente a la demolición de aquella, luego que se haya concluido la última corrida, y a remitir al gobierno el plan de la compostura que haya de hacerse en la misma plaza – Todo lo que prevengo a V.E. de orden de S.A.S. para su inteligencia y cumplimiento.
Dios guarde a V.E. muchos años. México 22 de abril de 1823 – Alamán. – Al Excmo. Ayuntamiento de esta Corte.
No sé si el último personaje citado en “Avisos” por apellido se refiera a Barreda o a Barrera, el famoso asentista. Si este fuera el caso, nos encontraríamos ante la presencia de una figura influyente de algo que la Doctora Ana Lau describió correctamente en uno de sus más recientes libros: Las contratas en la ciudad de México: redes sociales y negocios: el caso de Manuel de la Barrera publicado por el Instituto de Investigaciones “Dr. José María Luis Mora” en 2005. En su momento, Aimer Granados establece, tras la lectura imprescindible de tal investigación que “Por asentista, nos recuerda y aclara Ana Lau, se entendía durante el siglo XIX a los que hoy llamamos contratistas del Estado”.[1]
GACETA DEL GOBIERNO SUPREMO DE MÉXICO, D.F. del 01.05.1823, p. 4:
Avisos. El Excmo. Ayuntamiento de esta capital en cabildo de 20 del que acabó, ha acordado se convoquen postores para diez y seis corridas de toros en la plaza principal de esta ciudad, ocurriendo a hacer sus propuestas dentro de tres días a la comisión compuesta de los sres. regidores, Morales, Patiño y Barreda.
[1] Aimer Granados: “Las contratas en la ciudad de México. Redes sociales y negocios: el caso de Manuel Barrera (1800-1845). Reseña. Véase: http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=26702613 (Consulta realizada el 30 de mayo de 2014).